Calculadora de baja temeraria
Aplica los criterios del artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos (RD 1098/2001), que se usan cuando el pliego no fija otros. Introduce el presupuesto base y las ofertas (la tuya y las que esperas de la competencia).
1 oferta(s) en presunción de anormalidad
Baja máxima sin entrar en temeridad: 24,6 %
Con cuatro o más: es temeraria la que quede más de 10 puntos por debajo de la media. Si alguna oferta supera la media en más de 10 puntos, la media se recalcula sin ellas (con al menos las tres más bajas).
Cálculo orientativo. El pliego puede fijar otros parámetros (art. 149 LCSP) y una oferta en presunción de anormalidad puede justificarse. Más en la guía legal.